jueves, 31 de marzo de 2011

LAS OBJECIONES DE CONCIENCIA

Las objeciones de conciencia
En esta interesante entrevista el Dr. Navarro Valls aborda múltiples temas de actualidad, entre ellos la objeción de conciencia planteada por muchos ciudadanos en los últimos años.

«En ocasiones, la objeción de conciencia es fruto de lo que podríamos llamar "la mala conciencia del poder"»

Rafael Navarro-Valls es uno de los mayores expertos en nuestro país en Derecho Constitucional y Jurídico. Acaba de publicar un libro sobre un tema espinoso: las objeciones de conciencia que, en su opinión, «muchas veces es la manifestación de la mala conciencia del poder». Aborto, eutanasia, Educación para la Ciudadanía... son algunos de los aspectos que se abordan en esta entrevista. 

      Hermano de Joaquín Navarro-Valls, jefe de prensa durante el pontificado de Juan Pablo II, Rafael ve con emoción la próxima beatificación de Wojtyla, aunque niega que su subida a los altares suponga para Benedicto XVI un problema: «Se beatifica a la persona, no se reivindica todo el pontificado de Juan Pablo II».

    Buenos días y bienvenidos a las entrevistas en Religión Digital. Hoy estamos (por sus obras le conocerán, incluso por haber estado aquí ya un par de veces) con don Rafael Navarro Valls. 

Muy buenos días y bienvenido a Religión Digital de nuevo.
Bienvenido de nuevo, efectivamente.
Hoy viene don Rafael a presentarnos un libro que ha escrito junto a otro catedrático de la Complutense, Javier Martínez Torrón. El libro se llama "Conflictos entre conciencia y ley. Las objeciones de conciencia". Un tema, como ustedes verán, muy de actualidad en la España de hoy y en Occidente. 

Hablábamos antes de la entrevista que se está produciendo un boom de objeciones, y usted comentaba que viene motivado por una especie de incontinencia del poder.
Sí, yo a ese boom del que habla usted, le llamo "big-bang" de objeciones de conciencia: de un núcleo que era la objeción del servicio militar, han empezado a surgir la del aborto, la del jurado, la de los tratamientos médicos, la de llevar o no un traje adecuado a las propias convicciones, la de rechazar contenidos educativos lesivos a la propia conciencia, etcétera. Y eso, usted lo acaba de adelantar, yo lo atribuyo a una cierta incontinencia normativa del poder, que está produciendo una cascada de leyes que inciden demasiado en la intimidad de la conciencia. Los juristas solemos decir con cierta ironía que, a veces, «los amantes de las leyes y los amantes de las salchichas no deberían ser testigos del proceso de su fabricación». Mejor no saber qué habrán metido dentro. En ocasiones, con las leyes va pasando eso: se lanzan algunas que internamente han quedado lastradas por un contenido no estrictamente justo. De ahí las objeciones de conciencia.

¿Dónde está el límite entre libertad-conciencia-leyes? ¿Hasta dónde se puede llegar? ¿Hemos sobrepasado la línea roja?
Lo primero que quiero decir es que la objeción de conciencia es parte del derecho fundamental de libertad de conciencia, por tanto, su tutela ha de ser amplia. Segundo, todo derecho fundamental tiene también sus limitaciones. Le voy a poner algunos ejemplos. Conviene distinguir entre las objeciones que implican un no hacer (no formar parte de un jurado, no realizar un aborto, no asistir a unas clases etc...) de aquellas otras que implican un hacer algo contra la norma. En las primeras, el peligro social es menor y su tutela ha de ser lo más amplia posible. Las segundas conviene examinarlas más detenidamente. Por ejemplo, hace años, cuando el estado de Utah se formó dentro de Estados Unidos, los mormones quisieron que se aceptara —como objeción de conciencia— su concepción poligámica del matrimonio, que implicaba un actuar positivo (tener varias mujeres). El Tribunal Federal de Estados Unidos (caso Reynolds) hizo notar que la objeción de conciencia debía de ser tutelada dentro de unos límites. Y en esos límites estaba la poligamia, dado que la monogamia era una concepción de todo Occidente. 

Veamos el tema de los crucifijos. Cuando un padre plantea objeción frente a un crucifijo en una escuela, tiene el límite de que los otros veintinueve padres de su clase quieren educación con crucifijo. De ahí que no puede imponer sus convicciones a la mayoría (expulsar el crucifijo, un actuar positivo), si no demuestra que esa pasiva exposición del mismo supone una efectiva lesión para su hijo. Es lo que acaba de decir el Tribunal de Derechos Humanos en el caso Lautsi.
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ReligionDigital.com (Entrevista de Jesús Bastante) / Almudí

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