martes, 26 de agosto de 2014

Contra la libertad de pensamiento

   
   En algunas Comunidades Autónomas españolas recientemente se han aprobado o se aprobarán en un futuro próximo leyes que intentan presuntamente evitar la discriminación hacia personas LGTBI (Lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales). 

   Sin embargo, como apunta el abogado y presidente del Foro Español de la Familia, Benigno Blanco, "estas leyes contienen un error conceptual de partida: considerar que hay personas LGTB, como si fuesen una categoría distinta de las personas a secas y con derechos distintos y más potentes que los de los demás. 

   Al concepto de personas LGTB como al de discriminación por razón de orientación sexual (tal y como se trata en estas leyes) subyace un engaño conceptual grave que parece buscado adrede para generar confusión: se pretende dar el mismo tratamiento a la persona, a su comportamiento sexual y a ciertas opiniones (las del movimiento LGTB) sobre la sexualidad, cuando de hecho son cosas distintas.


   En efecto, una cosa son las personas, otra su conducta sexual y otra sus opiniones sobre la sexualidad. A la persona hay que respetarla siempre; y respecto a ella no caben discriminaciones de ningún tipo. Las conductas sexuales, por el contrario, son respetables si no incurren en materia delictiva pero no es discriminatorio un juicio crítico sobre ellas. Respecto a las opiniones en materia de sexualidad, se aplica la libertad de pensamiento e ideológica sin más límites que los generales de estas libertades"

serpersona.info

1 comentario:

  1. Lo que tratan de hacer es rociar a un edificio de madera con gasolina y esperar a que pase uno con una cerilla.

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