sábado, 25 de agosto de 2012

La educación diferenciada por sexo se extiende en Europa y EEUU

   Este modelo se dispara en las escuelas públicas norteamericanas como una opción válida y legítima para los padres. Varios países europeos también apuestan por la recuperación de este modelo. 

   Mientras en España se debate la legalidad de mantener los conciertos a los colegios que diferencian por sexo, Estados Unidos y varios países europeos trabajan para recuperar este modelo pedagógico. Desde que en 2006 el departamento de Educación en EEUU rebajara las restricciones para implantar este método, la educación diferenciada no ha dejado de crecer. Buscaban nuevas formas de afrontar la crisis en el sistema educativo, los problemas de disciplina, el retraso de los chicos respecto a las chicas… 


    Los defensores señalan que la diferenciada ofrece una educación más personalizada y, fundamentalmente, permite otra opción válida y legítima para que los padres puedan elegir la educación que quieren para sus hijos. “Aprenden el mismo plan de estudios, comparten los ratos de recreo y almuerzo pero se dividen en sus ambientes de aprendizaje”, explica Robin Gilbert, director de Middleton Heights Elementary, en un artículo publicado en el diario norteamericano Usa Today.
Por su parte, los detractores de este tipo de enseñanza, que califican de "sexista, discriminatorio y segregador", dicen que es contraproducente para su desarrollo porque les aisla del mundo real.
En países como Irlanda –con un 40% de colegios de educación diferenciada- y Reino Unido nadie cuestiona el éxito de esta fórmula. La lista anual que recoge los 500 mejores colegios en Inglaterra muestra que en las escuelas públicas más del 70% de las "top ten" son de educación diferenciada.

¿Qué dice la ley en España?
En España, el artículo 84 de la Ley Orgánica de Educación (LOE) aprobada en 2006 por el Gobierno de Zapatero, señala que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Las dos sentencias del Tribunal Supremo sobre la retirada del concierto a centros que diferencian la educación por sexo en Cantabria y Andalucía concluyen que “nadie puso en duda la legitimidad del sistema de educación diferenciada; cuestión distinta es que a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006 sea posible que esos centros privados puedan tener la condición de concertados [...], cuando expresamente en el régimen de admisión de alumnos se prohíbe la discriminación por razón de sexo”.

A raíz de ambas sentencias, el ministro de Educación ha dicho que el Gobierno "respeta y acata" las sentencias del Supremo pero que "hay que plantearse hasta qué punto el argumento de que la educación diferenciada supone discriminación entre los sexos es un argumento compatible con la Convención de la Unesco que firmó España contra la discriminación en la enseñanza".
Wert se refería así al artículo 2 de la Convención de la Unesco relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, que dice textualmente que "no será considerada como discriminación (...) la creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que esos sistemas ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza (...)".

LA GACETA

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