martes, 16 de marzo de 2010

El farmacéutico y la "píldora del día siguiente"


Os presento este estudio de Pau Agulles Simó, Farmacéutico y Profesor de Teología Moral, Pontificia Università della Santa Croce. Es de especial interés para los farmacéuticos y para todo el que esté interesado en el tema.

Ante la decisión de algunas Comunidades Autónomas de incluir en el stock mínimo o de urgencia la llamada «píldora del día siguiente» (PSD),muchos farmacéuticos españoles se han cuestionado si se trata de un fármaco que puede plantear problemas éticos, en lo que se refiere a su dispensación, debido al efecto que se le atribuye [1].

Sirva como ejemplo el ya conocido y relativamente reciente caso de Andalucía: la Consejería de Salud de la Junta emitió un Decreto [2], por el que se regulaban las existencias mínimas de medicamentos y productos sanitarios en las oficinas de farmacia y almacenes farmacéuticos de distribución. En su disposición final primera la norma autorizaba a esta Consejería a actualizar el contenido del anexo referente a stock mínimo o de urgencia, por razones de interés terapéutico o de relevancia; asimismo, se concedía a los titulares de las oficinas de farmacia el plazo de tres meses para que se proveyeran de los medicamentos y productos sanitarios incluidos en las existencias mínimas.

Con una celeridad inusitada, la Consejería de Salud aprobó en una Orden del 1.6.2001 [3] la actualización del contenido de dicho anexo, añadiendo al mismo sólo el principio activo levonorgestrel 0,750 mg (como el conocido Norlevo, una de las llamadas «píldoras del día siguiente», anticonceptivos postcoitales o de emergencia), y los preservativos. Se trató de una decisión verdaderamente insólita y conflictiva, ya que ese anexo no se modificaba desde hacía 40 años, y estaba desfasado y obsoleto en casi todas las áreas terapéuticas, pareciendo cuanto menos extraño que asumiera esta única modificación.

Con esta motivación, entre otras que veremos, algunos farmacéuticos que pretendían eludir la dispensación del fármaco presentaron recurso a la Orden, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Tratemos de averiguar la motivación que lleva a estos farmacéuticos a plantearse un problema de conciencia ante la obligación de la tenencia y dispensación de los anticonceptivos de emergencia.

BIOETICAEN LA RED
ALMUDÍ
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