viernes, 23 de julio de 2010

Libertad religiosa frente a discriminaciones y violencias


          España no necesita, a mi entender, otra ley de libertad religiosa. Mi impresión es que se cumple con normalidad el artículo 16 de la Constitución, que “garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Almudi.org - Salvador Bernalley”.
 
          Ese precepto estableció el carácter no confesional del Estado, que algunos quieren transformar en laico, según la concepción francesa de la laicidad. Pero no parece que sea compatible con la obligación de los poderes públicos de tener en cuenta “las creencias religiosas de la sociedad española”, de la que deriva el deber de mantener “las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

          Muy probablemente, con ese proyecto de ley el gobierno creará problemas donde no los hay, y volverá a provocar divisiones estériles entre los ciudadanos. Ciertamente, en España surgen a veces problemas con la que algunos consideran excesiva presencia católica en la vida pública oficial, o con las autorizaciones municipales para la construcción de mezquitas en lugares concretos. Como también con las suspicacias o miedos frente a la delincuencia potencial de inmigrantes de origen magrebí. Pero suelen ser cuestiones que se resuelven antes o después a base de diálogo y sensatez.

          Nada tiene que ver con las profanaciones de tumbas o los ataques violentos a sinagogas, mezquitas y lugares de oración que se dan en países muy próximos. Por fortuna para España, los extremismos desaparecieron prácticamente con la transición, si se exceptúan, por paradoja, algunos restos en la Cataluña siempre envidiada por su seny.

Salvador Bernal
Almudí
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