No es un instrumento político que muchos usan como arma arrojadiza, cuando les conviene.
La sentencia del caso “Chapin and Charpentier v. France”, publicada el 9 de junio por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo, ha insistido en definir el derecho al matrimonio como “la unión entre un hombre y una mujer”.
El fallo, que apenas se recogió en los medios de comunicación, se acoge al artículo 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, referido al derecho al matrimonio, y subraya que no entra en conflicto con los artículos 14 y 8 (que hacen referencia a la prohibición de la discriminación y al derecho al respeto a la vida familiar y privada y a los que se acogieron los demandantes).
En definitiva, con esta y otras sentencias, el tribunal subraya que no se puede imponer a ningún estado la obligación de legislar sobre otras “formas” de matrimonio. Os recomiendo leer los originales de la sentencia (en francés, aquí) y el resumen entregado a los medios (en inglés, aquí). Son textos breves y muy clarificadores sobre lo que el Tribunal y el Convenio Europea de Derechos Humanos considera que sonderechos universales y sobre aquellos que no lo son.
No vamos a entrar aquí en valoraciones del uso de la palabra matrimonio, y otras consideraciones sobre este tema, que podréis encontrar en los textos del Tribunal o en artículos que han reseñado la noticia.
Sí quiero destacar que lo relevante de esta sentencia −que sienta jurisprudencia− es que subraya que familia es el núcleo natural que garantiza los derechos humanos a la vida, a un hogar digno, a una educación… en definitiva, a un futuro humano en todos los sentidos.
Refundar Europa a través de la familia
Hace algún tiempo, un diputado socialista francés, Bruno Néstor Azerot, dio en el clavo con este discurso sobre este asunto. Entre otras, el político francés dijo:
Al institucionalizar el matrimonio “la sociedad ha dado un marco jurídico de protección a una realidad natural: la unión de un hombre y la mujer para fundar una familia”.
(…)
“Hoy en día el matrimonio es un “matrimonio-sentimiento” más que un “matrimonio-procreación”. Los hijos, en muchos casos, ya no son el propósito del matrimonio y cada vez más personas tienen hijos sin casarse.
La cuestión de fondo es saber si los sentimientos deben convertirse en la esencia del matrimonio abierto a todos los hombres y mujeres ya sean heterosexuales u homosexuales.
Haciéndolo, nos encaminamos hacia una sociedad en la que el individualismo hedonista reemplazará nuestros valores personalistas y socialistas fundados en la solidaridad, la libertad y la igualdad”.
La familia natural defiende el presente y el futuro de nuestras sociedades. No es un instrumento político que muchos usan como arma arrojadiza, cuando les conviene.
Afortunadamente, un Alto Tribunal como el de Estrasburgo se ha dado cuenta. ¿No os parece un importante primer paso hacia la reconstrucción de una Europa refundada en raíces fuertes y verdaderas?
¡Muy feliz y merecido descanso estival para todos! ¡Volvemos en septiembre!
Nuria Chinchilla, en blog.iese.edu.
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