Borrar los datos personales de Google, retirar una foto de Facebook, quitarse un tatuaje, desaparecer como católico en el registro bautismal, pedir la amnistía de los presos de ETA. Quienes persiguen objetivos tan diversos como los mencionados invocan unánimes el “derecho al olvido”. Pero, ¿existe tal derecho? ¿En qué constitución está reconocido?
La virtualidad de la informática y la facilidad legal para revertir
oficialmente en los registros hechos tan vitales como la identidad
sexual o el matrimonio hacen creíble el espejismo del olvido, pero la
vida va dejando cookies muy resistentes que aparecen cuando
menos lo esperamos en la memoria individual y colectiva. No puede
anularse dándole al botón de reset o haciendo clic en “borrar
el historial” o en “deshacer los cambios”. Propiamente no existe derecho
al olvido. La expresión es desafortunada pero sintomática de un
problema rico en matices.


